miércoles, 4 diciembre 2024

Comparado con otros esquemas de promoción de inversiones, el RIGI es berreta y poco sofisticado

La ONU promueve esquemas focalizados diseñados a medida de las necesidades sectoriales.

RIGI se convirtió en un activo corriente en el lenguaje mediático. Quizá lo correcto es que sea aceptada por la RAE. Sin dudas debiera estar asociada a la palabra “polémico”. Pero no como adjetivo, sino como categoría.

Como sea, lo cierto es que experiencias de régimenes de incentivos a las inversiones se multiplican por el mundo a lo largo de la historia. “Los países de América Latina y el Caribe no son ajenos, pero si se comparan las políticas que han seguido estos países con las de países desarrollados, principalmente Europa, las economías en transición como la República Checa y Hungría y los países emergentes del Asia: Singapur, Corea, China, Malasia, Tailandia, se observa que los esfuerzos de los países de América Latina y el Caribe han sido más débiles, tanto en términos de definiciones de políticas explícitas, como en su integración con el resto de las políticas de desarrollo económico” afirma un documento de la ONU

Desde el Consejo Económico para América Latina de la ONU (CEPAL) es importante destacar que “No todos los incentivos tributarios a las empresas son iguales en el sentido de su capacidad para fomentar la inversión, por lo que en términos generales, los países deberían priorizar aquellos instrumentos que suelen ser más efectivos, debido a que su diseño los vincula a la magnitud de la inversión realizada y reducen el costo del capital, como las deducciones, los créditos tributarios y los esquemas de depreciación acelerada. No obstante, su efectividad debería determinarse caso a caso con las correspondientes evaluaciones costo beneficio. Además, debería evitarse o limitarse el uso de los incentivos tributarios que no están basados en los gastos de inversión de las empresas”

En rigor existen tres tipos de régimenes de incentivos según su grado de sofisticación: pueden ser de alcance general como es el caso de las nuevas inversiones apoyadas en las zonas francas, como el caso de Colombia o focalizados en un sector particular, como las energías renovables en Uruguay o entregados para cumplir con un objetivo específico, como las represas de Santa Cruz.

El documento de la ONU afirma que “Una de las preguntas que deben resolver los países es qué tipo de incentivos, si es que su estrategia de atracción de inversiones los considera, son los más funcionales a los objetivos que se desean lograr. En la medida que estos objetivos apunten a atraer inversión más sofisticada, como por ejemplo en investigación y desarrollo, en la experiencia internacional se observa que los incentivos son también más focalizados”.

Lo cierto es que el RIGI contenido en la Ley Bases opera en el sentido opuesto. Se trata de un esquema XXL. Abarca a todos los sectores de la economía con el único requisito de superar los USD 200 millones. Además excluye la integración de la cadena de valor local, al permitir la libre importación de bienes y servicios, incluso insumos usados que luego pueden ser vendidos en el mercado secundario.

Además, según la CEPAL los régimenes de incentivo no son una herramienta excluyente para motorizar las inversiones “La evidencia econométrica disponible que busca determinar la efectividad de los incentivos tributarios para lograr sus objetivos, muestra que estos instrumentos constituyen sólo uno de los factores que pueden afectar la inversión, el empleo y el crecimiento económico, dado que existen otros elementos externos al sistema tributario que han resultado más relevantes, como la calidad de las instituciones, la infraestructura, el tamaño del mercado y la estabilidad económica, política y social, entre otros”.

Traducido al criollo, para la ONU el RIGI es berreta y poco sofisticado.

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