El Gobierno resolvió que los fondos exteriorizados en efectivo, depositados en las cuentas especiales de regularización, podrán destinarse a inversiones financieras.
Incluye Títulos públicos, bonos, letras y demás obligaciones emitidos por los Estados Nacional, Provinciales, Municipales y/o la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- También participación en fideicomisos que tengan por objeto el fomento de la inversión productiva, siempre que dichos instrumentos sean colocados por oferta pública con autorización de la Comisión Nacional de Valores, organismo descentralizado actuante en el ámbito del Ministerio de Economía.